Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm.138) y Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm.182)
Principio: El trabajo infantil es una violación de los derechos humanos de los niños y niñas, obstaculiza su desarrollo físico y psicológico en un ambiente adecuado y limita sus posibilidades de ascender en la escala social.